En Chile de hoy, la ciudadanía se
encuentra en un estado de hastío generalizado, y con la voluntad de neutralizar
de una vez por todas el intento refundacional revolucionario de la izquierda,
en curso desde octubre de 2019, (izquierda que hoy es una abrumadora
minoría). En tal sentido, muchos que votan por la derecha y que disfrutan que
haya conseguido la mayoría en el Consejo Constitucional, están dispuestos a
aceptar, los llamados doce bordes contenidos en el artículo 154 de nuestra
maltratada Constitución de 1980. Creo que es un fatal error a estas alturas,
ceder y conceder.
Veamos cuales son esos bordes:
1.
Chile es una República
democrática, cuya soberanía reside en el pueblo.
2.
El Estado de Chile es
unitario y descentralizado.
3.
La soberanía tiene como
límite la dignidad de la persona humana, y los derechos humanos reconocidos en
los tratados internacionales ratificados por el Estado de Chile y que se
encuentren vigentes. La Constitución consagrará que el terrorismo, en
cualquiera de sus formas, es por esencia contrario a los derechos humanos.
4.
La Constitución reconoce
a los pueblos indígenas como parte de la nación chilena, que es una e
indivisible. El Estado respetará y promoverá sus derechos y culturas.
5.
Chile es un Estado social
y democrático de derecho, cuya finalidad es promover el bien común; que
reconoce derechos y libertades fundamentales, y que promueve el desarrollo
progresivo de los derechos sociales, con sujeción al principio de
responsabilidad fiscal y a través de instituciones estatales y privadas.
6.
Los emblemas nacionales
de Chile son la bandera, el escudo y el himno nacional.
7.
Chile tiene tres poderes
separados e independientes entre sí:
a.
Poder Ejecutivo, con un
jefe de Gobierno con iniciativa exclusiva en la presentación de proyectos de
ley que incidan directamente en el gasto público.
b.
Poder Judicial, con
unidad jurisdiccional y con pleno respeto de las sentencias judiciales firmes y
ejecutoriadas.
c.
Poder Legislativo
bicameral, compuesto por un Senado y una Cámara de Diputados y Diputadas, sin
perjuicio de sus atribuciones y competencias en particular.
8.
Chile consagra
constitucionalmente, entre otros, los siguientes órganos autónomos: Banco
Central, Justicia Electoral, Ministerio Público y Contraloría General de la
República.
9.
Chile protege y garantiza
derechos y libertades fundamentales como el derecho a la vida, la igualdad ante
la ley, el derecho de propiedad en sus diversas manifestaciones, la libertad de
conciencia y de culto, el interés superior de los niños, niñas y adolescentes,
la libertad de enseñanza y el derecho-deber preferente de las familias de
escoger la educación de sus hijos, entre otros.
10.
Chile consagra
constitucionalmente con subordinación al poder civil la existencia de las
Fuerzas Armadas y las Fuerzas de Orden y Seguridad, con mención expresa de
Carabineros de Chile y de la Policía de Investigaciones de Chile.
11.
La Constitución consagra,
a lo menos, cuatro estados de excepción constitucional: de asamblea, de sitio,
de catástrofe y de emergencia.
12. Chile se compromete constitucionalmente al cuidado y la conservación de la
naturaleza y su biodiversidad.
Aparte de los errores graves de
sintaxis, de redacción y de uso de los conceptos; que nos hablan de
improvisación, falta de talento y de técnica legislativa, se han elevado estos
doce predicados, al rango de inamovibles. Tal como si contuvieren una dignidad
y sabiduría intrínseca. Analicémoslos pues
por parte los más difíciles de tragar:
El número 1 dice que la
soberanía reside en el pueblo. El artículo 5 de la Constitución actual,
prescribe: La soberanía reside esencialmente en la
Nación. Su ejercicio se realiza por el pueblo. ¿Fue un error de omisión o uno de
los reiterados errores de sintaxis, el haber confundido los conceptos de pueblo
y nación? ¿O será que los burócratas asesores del Sistema de Naciones Unidas no
quieren que vaya el concepto de nación, porque quieren fronteras fluidas y así
controlar de mejor manera a las masas globalmente? Mi nacionalidad es
chilena. Mi identidad es chilena. Mi comunidad es con los nacionales
chilenos. Mis antepasados son chilenos e hicieron de esta nación el asilo
contra la opresión del que nos honramos. ¿Por qué entonces no consagramos que
la soberanía resida en la Nación? ¿Tendremos acaso que compartir la soberanía de
Chile con quienes no son chilenos y son simplemente el pueblo? Si así se
consuma, y si el Partido Republicano, que no suscribió este mamarracho, no se
opone a esta gravísima confusión, yo votaré rechazo y trataré de convencer a
mis próximos que así voten.
Numero 2: El Estado de Chile es unitario y descentralizado. Error conceptual
grave; El Estado es unitario. Y si el Estado es unitario, no es descentralizado,
porque, si así fuese, sería federal y no unitario. ¿Habrán querido decir que el
Estado es unitario y su administración será descentralizada, tal como lo señala
el artículo 3 de la actual Constitución? Era cuestión de copiarlo. ¿O querrán después
abogar por la independencia de los “territorios” como prescribe el plan
subversivo que abortamos en setiembre del año 2022? Si no se corrige esto votaré rechazo y trataré
de convencer a mis próximos que así voten.
Numero 3: La soberanía tiene como límite la dignidad de la persona humana, y los derechos
humanos reconocidos en los tratados internacionales ratificados por el Estado
de Chile y que se encuentren vigentes. Esta
disposición somete la soberanía de la Nación a los dictados de organismos supra
nacionales. La “marca registrada” de “Derechos Humanos”, la controlan ideológicamente
poderes supranacionales. Y esa administración de la ideología de los derechos
humanos, es cotidianamente contradictoria y hostil a los derechos esenciales de
la naturaleza humana. Un ejemplo de ello son los derechos sexuales y
reproductivos cuyo único fin es imponer la legalización del aborto, esto es,
el homicidio masivo de inocentes. Es este según la burocracia progre de
Naciones Unidas, un “derecho humano” más, que los estados miembros deben
respetar. Chile tiene una cultura probada de discernimiento sobre este
particular. Rechazo todo tutelaje de moral supranacional y me quedo con la
definición de la actual constitución: El ejercicio de la soberanía reconoce
como limitación el respeto a los derechos esenciales que emanan de la naturaleza
humana.
Numero 5: La Constitución reconoce a los pueblos indígenas, y El Estado respetará y promoverá sus derechos. Se consagra la
violación al principio de igualdad ante la ley. Porque ¿Cuáles son esos “derechos
indígenas? ¿Son distintos a los del resto de los chilenos? ¿Cuánta sangre
indígena hay que tener para acceder a ese privilegio? Me quedo con la
disposición de la actual constitución: Las personas nacen libres e
iguales en dignidad y derechos. Todo esto es lógicamente absurdo
y, en definitiva, si el Partido Republicano, no se opone a esta gravísima trasgresión
al principio de igualdad ante la ley, yo votaré rechazo y trataré de convencer
a mis próximos que así voten.
Numero 6: Chile es un
Estado social y democrático de derecho … promueve el desarrollo progresivo de
los derechos sociales... Aparte de la defectuosa
definición desde el punto de vista semántico y jurídico, esta norma imperativa,
es la consumación del Estado de Chile, como un estado socialista. El consejero
del Partido Republicano don Luis Silva señaló, buscando salvar los doce bordes,
que “falta llenar de contenido esos conceptos”. Discrepo. Existe suficiente
doctrina ideológica sobre los llamados derechos sociales, que es un buen nombre
para describir una sociedad socialista que privilegia la igualdad por sobre la
libertad de los individuos. ¿Por qué vamos a tener que vivir en una sociedad
socialista cuando la mayoría no es socialista? ¿Por qué vamos a tener que vivir
en una sociedad socialista cuando sabemos por evidencia empírica, que en Iberoamérica
este sistema lo único que produce es pobreza y tiranía? ¿Solo porque un grupo
de ocho oligarcas políticos, atemorizados por el lumpen callejero, se les ocurrió?
Que alguien por favor me lo explique ¿Quiénes son los titulares de los derechos
sociales y quienes los obligados a pagar esos derechos sociales? No hay
respuesta plausible. En Latinoamérica el socialismo solo sirve para entronizar
en el poder, tiranos que sojuzgan o tratan de sojuzgar al pueblo. Imagino que
el Partido Republicano mayoritario, será incapaz de modificar esta disposición.
Por tal razón yo votaré rechazo y trataré de convencer a mis próximos que así
voten.
Estimado lector, lo señalado no es una pura disquisición jurídica
de abogado sin correlato práctico en la vida de cada uno. Son normas que pueden
preformar el futuro de la vida social suya, de sus hijos y nietos. No se deje
engatusar por políticos que quieren salvar su poder y su prestigio. Los cambios
cuando no son para mejor, irremediablemente son para peor.
Del talento político del Partido Republicano, dependerá
que logren fracturar la rigidez de las normas que obligan a someterse a los
llamados bordes, mal redactados, mal concebidos y erróneamente inspirados. Si
no lo hacen o fracasan en el intento, perderán la voluntad de la mayoría que
obtuvieron en las últimas elecciones.
Mayo 2023
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